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    Teléfonos: 0380-4351444

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    Av. Felix de la colina s/n

    Teléfono: 3804868629

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    Corrientes 436

    Teléfonos: 3804813509

    fijo 3804464279

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    Dirección: Dalmacio Vélez Sarsfield 491

    Teléfono: 3804427955

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    Dirección: Rivadavia 512

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    Dirección: Rivadavia 500, esquina peatonal 9 de julio

    Teléfono: 3804809165

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    Dirección: Av. Perón 926

    Teléfono: 4434707 / 3804900565

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    Dirección: Catamarca 270

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SOMOS EL PROGRAMA DE BENEFICIOS

DE LEONARDO BRIGIDO Y CIA SRL Y

EDM ANDINA

RedBSA te va a brindar beneficios y descuentos en muchos de tus consumos diarios, mensuales y eventuales.

Asociate y vas a  ahorrar en combustible, lavado de tu auto, gastronomía, supermercados, indumentaria, deportes, servicios para tu vehículo y mucho más!

 

 

 

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Administración:

3804 55-6951

Lucas:

3804677505

MISIÓN:

Somos una empresa que brinda un servicio integral, dando beneficios económicos y nuevas experiencias a nuestros socios.

Nuestra red te conecta con los principales comercios de La Rioja con el objetivo de optimizar tiempo y dinero día a día, generando un servicio autosustentable.

 

 

VISIÓN:

Ser la empresa que se distingue en la sociedad por las experiencias que brinda, acompañando a los usuarios en el consumo cotidiano y conectándolos con comercios de calidad y buen servicio.

Ampliando nuestra red con beneficios que marquen la diferencia en la vida de las personas y las empresas.

 

 

VALORES:

Somos un grupo de personas que trabajamos de manera responsable y transparente, respondiendo a las necesidades de la sociedad.

 

Nuestra empresa está basada en una red de valores que guían cada acción. Sabemos que los buenos vínculos se logran con respeto y compromiso, por eso ésta construcción la vamos a conseguir juntos, generando una relación basada en la confianza y honestidad.

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Confíe el auxilio mecánico en nosotros!

RedBSA ofrece un servicio amplio y eficiente para su automotor, digno de su confianza. Si usted necesita su coche remolcado, mecánica ligera, cambio de batería, neumáticos o aceite, usted necesita RedBSA.

Somos un equipo de profesionales, con una flota de camiones de remolque y una amplia experiencia en el servicio de auxilio mecánico.

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Los datos personales suministrados en la presente Solicitud del Asociado serán utilizados por la Gerencia de Socios de Red BSA para gestionar la relación con el asociado y se integrarán a su base de datos de Socios.

El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto (Ley 25326 - Art. 14 - Inc.3).

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales - Órgano de Control de la Ley 25.326 - tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

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Contacto

Av. Peron 951 - La Rioja - Argentina

Tel. Administración: 0380-154556951

Tel. Servicios: 0380-4426923 / 154529400

Tel. Boxes: 0380-4460413

E-Mail: contacto@redbsa.com.ar

Datos para brindar en caso de solicitar el Auxilio  por teléfono:

Tenga presente que deberá suministrar en este orden, la siguiente información:

• N° de asociado: número y dígito verificador

• N° Telefónico (para estar en contacto)

• Ubicación del automóvil: Calle y número (o intersección) y localidad. Aclárenos si su vehículo se encuentra en la calle o en un garage y en este último caso, si está en planta baja u otro piso.

También indique si el acceso al garage permite el paso de un equipo de auxilio grande (camión)

• Marca, número de patente y color del vehículo.

• Falla o desperfecto: La información que usted nos brinde en este punto facilitará el éxito de la prestación.

 

ADEMAS DE LO CONSIGNADO, ES DE SUMA UTILIDAD LA INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA QUE PUEDA DARNOS, TAL COMO:

• SI EL VEHICULO ESTA EN VIA PUBLICA, Y:

• Está en una zona con tierra, si está encajado y cómo.

• Está caído en una boca de tormenta o pozo grande.

• SI AL VEHICULO SE LE HA PINCHADO UNA CUBIERTA:

• Si es una sola cubierta o más de una.

• Si tiene repuesto para cambiarla.

• De poseer tuerca antirrobo, si tiene el tubo especial para sacarla.

• SI EL VEHICULO TIENE CAJA AUTOMATICA: INDIQUENOSLO.

• SI EL VEHICULO NO ARRANCA, INDIQUENOS, SI PUEDE DETERMINARLO:

• Si tiene corriente en la batería.

• Si hace mucho tiempo que no le da arranque.

• Cualquier otra indicación que pueda vincularse con la falla.

• SI EL VEHICULO SE ENCUENTRA CHOCADO, INDIQUENOS:

• Los daños principales y evidentes del rodado.

REGLAMENTO DE AUXILIO MECÁNICO

Para conocimiento de los señores asociados se hace saber que “Red BSA  prestará a todos sus asociados, un servicio de auxilio mecánico para sus automotores, patentados para uso particular, de acuerdo a las siguientes disposiciones:

 

TÍTULO 1 – DEL SERVICIO.

Artículo 1°: Prestaciones sin cargo. El servicio de auxilio mecánico, se realizará, sin cargo, a automotores de hasta 2.000 kg. y 5.20 metros de largo, motos y ciclomotores, dentro de las siguientes condiciones: El servicio tendrá solo cobertura dentro de la ciudad capital de La Rioja siendo los limites las camineras como puntos de referencia # En el caso en dirección a Córdoba se tomara , dentro de un radio de 15 km. contados desde las sedes de la Casa Central YPF Leonardo Brígido , entendiéndose como tal la ubicada en la ciudad, donde los socios están incluidos.  Los servicios fuera de la zona gratuita, para los automóviles registrados se les otorgaran un descuento en el cobro del mismo. EL número de servicios a otorgar será de 1 (uno) por mes sin excepción siendo no acumulativo el mismo. Este beneficio  estará vigente para motos o ciclomotores. Los socios tendrán derecho a un total de hasta 12 servicios de auxilio mecánico sin cargo, por períodos de 12 meses a contar desde el primero de enero de cada año. Se establece que se tendrá en cuenta los servicios realizados y no anulados, como así también los no efectuados por razones atribuibles al usuario.-

 

Artículo 2° - Prestaciones con cargo. El servicio de auxilio mecánico será con cargo cuando se verifiquen alguna de las siguientes condiciones: # El servicio requerido desde o hacia distancias que excedan los radios determinados en el art. 1°, estará sujeto al pago de las tarifas que se establezcan en cada caso más los peajes correspondientes. El kilometraje se computará calculando la diferencia recorrida en el viaje del equipo de ida y retorno fuera de los límites determinados por el artículo mencionado, se remarca, que siempre se descontará una sola zona gratuita, la que será la más beneficiosa para el asociado. # El remolque o puesta en marcha de vehículos sin patentar (cualquiera fuera la circunstancia origen de esta situación) o que sean de colección, será con cargo y el asociado deberá abonar la tarifa que correspondiere. En esta misma situación estarán los vehículos que sean transportados, para su desguace a las plantas de destrucción correspondientes o a los depósitos de compañías de seguros para su disposición final por destrucción total. En los casos de traslados de vehículos de colección, el titular deberá firmar previo al servicio, la libre responsabilidad para el mecánico actuante y para RED BSA.

 

Artículo 3° - Características. El servicio comprenderá operaciones de acondicionamiento provisorio de mecánica de emergencia, por lo que sólo se prestará cuando un automotor no pueda moverse por sus propios medios y con el único objeto de ponerlo en condiciones de funcionamiento. El socio deberá facilitar al operario actuante la revisión del vehículo para que determine posible falla, salvo que el mismo se encuentre en garantía y el asociado pueda demostrar esta condición. De no lograrse la puesta en marcha del automotor, se lo remolcará hasta un taller mecánico que pueda reparar el vehículo, o hasta su domicilio. Para el caso que la falla se deba a falta de combustible y/o problemas de gomería, el destino máximo del remolque será hasta el local o estación de servicio habilitada que le pueda solucionar el inconveniente. A las motocicletas y ciclomotores, se les brindará exclusivamente el servicio de traslado. Ni el asociado ni otra persona podrán viajar en el interior del coche mientras el vehículo sea remolcado o transportado.

 

Artículo 4°  Traslados mayores a 200 kilómetros. Para el caso que el traslado sea a una distancia mayor a 200 km., Red BSA se reserva el derecho de utilizar el medio que considere más adecuado para realizar el mismo y el inicio de este servicio podrá efectuarse dentro de un plazo de 72 horas, excepto lo establecido en el artículo 14°.-

 

TÍTULO II – DE LA SOLICITUD DEL SERVICIO

Artículo 5° - Condición de Socio. Los socios tendrán derecho a la prestación gratuita de los servicios mencionados anteriormente, únicamente contra la presentación de su credencial social personal que deberá contar con las cuotas sociales al día. Cuando el solicitante no pudiera demostrar la existencia de sus cuotas al día, para poder disponer del servicio, deberá abonar las que estuvieran adeudadas, según el vencimiento que registre el sistema de acreditación de pagos vigente en Red BSA. Si con posterioridad se advirtiera que estaban canceladas, el monto ingresado será tomado como pago a cuenta de futuras cuotas sociales o reintegrado.

Artículo 6° - Solicitud del Servicio. La prestación del servicio mencionado en los artículos anteriores será requerida a las centrales de auxilio mecánico de Red BSA, de acuerdo al teléfono respectivo que figura en el carnet del socio, suministrando los siguientes datos: a) Nombre y Apellido del asociado, nro. de socio. b) Número de patente del vehículo identificado. c) Marca del auto y  color. d) Lugar exacto donde se encuentra el automóvil. e) Tipo de falla que registra el vehículo. f) Destino estimado de ser necesario un remolque. g) Cualquier otro dato personal del socio.

Artículo 7° - Tercera persona. Para el caso que el socio no pudiere esperar el auxilio y quedara una tercera persona en el coche, ésta deberá presentar el carnet del socio y la documentación del vehículo, cuyos datos deberán coincidir entre sí para poder brindarle el servicio u otros datos a satisfacción de Red BSA que permitan identificar la relación del socio con el receptor del servicio.

Artículo 8° - Traslado sin presencia del asociado. Cuando el asociado solicite que su vehículo sea trasladado sin su presencia, dentro de las zonas indicadas en el art. 1°, suministrando el destino final del servicio y siempre que éste no supere los límites de dichas zonas gratuitas, deberán tomarse alguno de los siguientes recaudos: /firma del socio en la boleta de auxilio y/o autorización en la misma a SGT o a quien éste designe para su realización. /detallar lo más amplio posible las condiciones en que se encuentra el vehículo en el formulario respectivo. /en el destino debe requerirse la conformidad y firma de quien recibe la unidad, inclusive se asentará el número de documento de dicha persona. En caso de talleres, además de lo ya indicado, sello del mismo. Se establece que fuera de las zonas gratuitas este beneficio será tratado como caso excepcional y sobre la base de los antecedentes se dará curso o no a dicha solicitud.

Artículo 9° - Socios Corporativos. Para los socios que revisten en esta categoría, el conductor del automóvil registrado será considerado como el socio a los efectos del servicio.-

Artículo 10° - Servicios Cancelados. Cuando el asociado que hubiere solicitado el auxilio, consiguiese solucionar por otros medios el inconveniente, deberá comunicar por el medio más rápido y práctico el hecho, a la central donde efectuó el pedido, a los efectos de poder anular dicha solicitud, caso contrario, el servicio se considerará como efectivamente realizado, al solo efecto del cómputo en los totales indicados en el art. 1°.

Artículo 11° – Conformidad del Servicio. El asociado o en su caso la persona que acompañe el vehículo auxiliado firmará en todos los casos la boleta correspondiente al auxilio prestado, expresando su conformidad u objeciones.-

 

TÍTULO III – DE LAS EXCLUSIONES

Artículo 12° - Por características del vehículo. Quedan excluidos de esta cobertura: - Los vehículos con leyendas comerciales que tengan un sentido promocional, publicitario y/o comercial, salvo que revistan en la categoría de socios corporativos. – Los vehículos de alquiler, con conductor. – Los de transporte de pasajeros cualquiera fuere su forma. – Los afectados a transporte de mercaderías. – Las pickups que presenten cerramientos o modificaciones a la línea original que se asienta sobre la cabina y que excedan los 40 cm. sobre la línea de la misma. – Equipos con caja térmica y/o equipos de refrigeración. – Las pickups con rodados duales. – El remolque de todo tipo de casas rodantes y/o trailer, los modelos autoportantes les corresponde solamente el cambio de gomas (siempre que el móvil de auxilio cuente con las herramientas necesarias para levantar el vehículo averiado) y/o la puesta en marcha, siempre que cumplan con las definiciones de este reglamento. – A los vehículos que superen los 2.10 metros de altura sólo se les brindará el servicio de puesta en marcha y de asistencia mecánica ligera.

Artículo 13° - Otras exclusiones. El servicio de auxilio no se prestará: - Cuando el conductor se encuentre bajo el efecto de las drogas o el alcohol, u otros síntomas visibles que indique “emoción violenta”. – Cuando la inmovilización se deba a consecuencias de la participación en competencias deportivas. – Cuando se esté en presencia de muertes o lesiones sin que medie solicitud previa de autoridad competente. – Cuando el coche esté cerrado con llave y el socio no tenga la misma, deberá llamar a un cerrajero del automóvil y la apertura se llevará a cabo siempre y exclusivamente al SOCIO y cuando éste se identifique satisfactoriamente con la credencial de Red BSA y documento de identidad personal. Para el caso que los documentos se encontraran dentro del coche la apertura se realizará con presencia policial únicamente.

Artículo 14° - Fuerza Mayor. El servicio de auxilio no se prestará cuando por razones fortuitas o de fuerza mayor, no se pueda llegar al lugar de la rotura o accidente. Las razones comprendidas serán huelgas, actos de sabotaje, guerras, manifestaciones, meteorológicas, catástrofes, dificultades en los medios de comunicación o en las vías de acceso al lugar de la asistencia. El servicio se llevará a cabo dentro del menor plazo posible después de haberse solucionado los problemas presentados.

Artículo 15° - Responsabilidad. Red BSA no se hace responsable, en ningún caso, de los accidentes de cualquier naturaleza que pudieran ocurrir durante la reparación o traslado de los automotores, ni por los deterioros ocasionados a los neumáticos de los coches, ya fuere prestado el servicio por los equipos del Club o por las concesionarias autorizadas, salvo negligencia manifiesta y debidamente comprobada por personal técnico de Red BSA.

TÍTULO IV – DE LAS FACULTADES

Artículo 16° - Modificación de zonas. La Empresa estará facultada para modificar cualquiera de las zonas y condiciones establecidas en los artículos 1° y 2°.

Artículo 17° - Fijación de tarifas. La Empresa fijará y podrá modificar, los valores de las tarifas mencionadas en el artículo 2°.

Artículo 18° - Modificación de exclusiones. La Empresa estará facultada para modificar las exclusiones de la cobertura del servicio detalladas en el Título III, como así también sus condiciones, a fin de adecuar la prestación del servicio a toda la gama de vehículos susceptibles de recibirlo”.

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